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El ocaso del sistema representativo (Una crítica al absolutismo político) (página 2)



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SUB CAPÍTULO 4
: ITALIA
: LOS JURATI

Eran revueltas que independizaban a las ciudades del
poder
monárquico de los reyes y príncipes de la Iglesia. En la
Lombardía ocurrieron durante el siglo XII,
consistía en una alianza juramentada entre todos los
habitantes de la comuna votando por el auto gobierno con la
creación de consejos populares sustraídos a la
autoridad
directa del príncipe, cuyo representante era defenestrado
del cargo. (SÁNCHEZ VIAMONTE : 1962, 322)

Las ciudades del Patrimonio de
San Pedro se encontraban sujetas por titulo al Papa. De entre
ellas Bolonia se rebela en 1376, expulsa al cardenal legado de
Sant’Angelo constituyéndose en republica (SIENA
:1950,102). Eligiendo a 12 ancianos, cónsules y
portaestandarte de justicia
llamando al nuevo gobierno "Estado de la
libertad"
(SIENA : 1950, 162)

Los nobles también se sublevaron, entre ellos el
Conde de Fondi, a quien Urbano excomulga en 1370,
quitándole el condado, del cual el Papa era el
príncipe titular (SIENA : 1950, 244) En 1375 Florencia
entra en guerra con el
Papa y crea una magistratura llamada los 8 de Florencia,
gobernando por breves términos, fueron repuestos varias
veces.(SIENA :1950, 115)

En Siena se organizaron en base a una especie de Senado,
integrado por magistrados llamados Defensores, los cuales
gobernaban esta republica, eran elegidos por el pueblo en
número de 15, uno de los cuales tenia por titulo el de
Capitán del Pueblo. Este debía de ser extranjero y
su mandato durar seis meses, pero en 1355 se reformó la
constitución reduciendo el mandato a dos
meses y debiendo ser ocupado por un titular sienés.(Siena
:1950,69). El odio de los nobles a la republica
democrática de Siena abolió mas tarde el titulo de
defensores, pero no el de Capitán, Santa Catalina de Siena
en una carta escrita
entre 1372 y 1376 aun se refiere a los magistrados como
defensores y capitán.

Producto de esta independencia
las ciudades tenían el derecho de fortificarse, ajustar la
paz y declarar la guerra, imponer y distribuir contribuciones,
acuñar monedas y sobretodo: elegir a sus
magistrados.(SEGURA PEÑA : 1965, 41).

Aunque estas manifestaciones populares implicaban un
avance en el desarrollo
político, no podemos afirmar que los jurati y movimientos
similares de los burgos sometidos al poder de los
príncipes, eran una clara manifestación del
progreso paulatino pero históricamente ascendente de la
libertad de los pueblos y el hombre; y
que, al desligarse de las barreras político-religiosas que
impedían el progreso dejaron el camino llano para el
desarrollo material de la humanidad.

La verdad es que ¾ de la población mundial en condiciones
infrahumanas no es una buena carta de presentación para la
contemporaneidad, teniendo en cuenta que por mas que lo nieguen o
como es costumbre, lo callen, es su producto
directo.

Prosigamos. A juzgar por las Cartas de
Catalina de Siena en muchos lugares esta liberación era
solo "aparente". La doctora dice que es "mejor el Papado que los
tiranos" (SIENA :1950, 233). Por lo cual esta haciendo
alusión a otros señores que ya amenazaban a
Italia con un
gobierno peor que el papal, debemos de hacer notar que los
príncipes de la Iglesia permitían a las comunas el
arbitrio de sus propios asuntos, fue cuando éstas se
"liberaron" del poder temporal del Papa que quedaron a merced de
los potentados locales, los cuales implantaron gobiernos
aristocráticos que devinieron en patriciados
plutocráticos, manteniendo la formalidad de una
república, como sucedió en Florencia y Venecia, asi
como en otras repúblicas nada democráticas de la
Italia pre-napoleónica.

En efecto, la constitución democrática
permitió dada su universalidad integrar contingentes
aristocráticos dentro de las magistraturas. Un ejemplo
seria el senador de Siena, Andreasso Cavalcabussi procedente de
una ilustre casa lombarda de los señores de Cremona hasta
1405 cuando fueron exterminados por Gabrino Fondulo.
Andrés fue Senador en 1378 confirmado al año
siguiente, y nuevamente senador en 1390. Quiso inducir a esta
ciudad a que se entregara a los Visconti, del cual era consejero
secreto. Fue embajador ante Gian Galeazzo Visconti en
delegación a Pisa en 1389. (SIENA : 1950, 288) Siena era
una republica democrática, prueba de ello esta en que el
hermano de la doctora llamado Bartolo en mayo y junio de 1370
había sido miembro de los Quince Defensores de la ciudad
de Siena, lo cual era una alta magistratura ellos eran una
familia de
artesanos (SIENA :1950, 345). A su vez Andrea di Van, "pintor de
pequeña fama" embajador ante Gregorio con otros
gentileshombres, fue hecho Capitán del Pueblo en 1379
(SIENA :1950, 335).

Pero aun así es necesario seguir buscando en el
pensamiento de
la Doctora Angélica para entender este contexto. Uno de
los interrogantes consiste en saber si estos jurati en verdad
encarnaban una representación democrática o
simplemente republicas al gusto de los potentados. "estas
obligado en las confesiones y predicaciones a inducir a la gente
a obrar lo posible, para que la Comuna rinda lo debido al Santo
Padre…" (SIENA :1950, 263) aunque esta carta esta remitida
al sienés Caffarini, según el comentarista de las
cartas, "no entiende quizás" sólo a la comuna de
Siena sino en el sentido universal, es decir el que entienden los
príncipes y doctos de la Iglesia como "republica
cristiana".

La ciudad de Perugia se había rebelado varias
veces, por lo cual se erigió como fortaleza. En 1375
sitiaron dentro de ella al abad francés que gobernaba en
nombre del Papa, y lo obligaron a ceder el poder e irse de
allí. Al Papa Urbano no le fue posible volver a ocupar la
ciudad, dejándola en libertad por muchos años. Ante
este hecho la Doctora exclama "pues siendo nosotros hijos
rebeldes a la debida obediencia, la que debemos a nuestro
padre…" Santa Catalina les exige obediencia no tan
sólo espiritual, sino también temporal al Santo
Padre. Es por esto que escribe: "que viendo en vosotros estos
tiempos prontos a tantas fatigas y prepararse nuestros
países a advenimientos de señores" (SIENA :1950,
293).

Ahora bien, esta haciendo alusión no a teorías
abstractas disfrazadas de ideología sino a la situación real
de Europa en esos
tiempos. En efecto, el señor de Durazzo por un lado y el
de Anjou por el otro, amenazaban con caer, con graves
daños sobre las tierras que participarán de la
guerra y hasta sobre los que se mantuvieran neutrales. Esto
obligó a Bolonia, Florencia, Pisa y Perugia a unirse en
una alianza. También es posible que la doctora este
refiriéndose a los señores de Italia, tanto
contemporáneos como futuros, cuya codicia ya amenazaba
entonces a las débiles y enfermas republicas
italianas.

Lo mas lógico es que Catalina usa la
concepción de república cristiana universal al
exigir obediencia al Papa asumiendo como un estado natural su
sujeción política directa al
poder temporal del Papado. Lo que sucedía es que las
ciudades sujetas al Papa aun no se encontraban preparadas para
ejercer con mayor autonomía su "libertad". La "soberanía" era una mayoría de edad,
mientras no lleguen a este estado de evolución su padre "el Papa" no
podía dejarlas a su completa voluntad, la cual aun no
habían aprendido a usar. La insistencia y testarudez de
las nacientes repúblicas hizo en muchos casos decidir al
Papa, "dejarles hacer". Como se vera estas razones son mas que
metáforas.

En la Carta CCCXLIX
del 6 de mayo de 1379 Catalina escribe a los señores
Abanderados y a "cuatro hombres buenos" mantenedores de la
República de Roma.
¿Qué había sucedido? Simplemente que el Papa
durante el Cisma de Occidente había confirmado a
título de soberanía al Senador que los romanos
habían elegido. Inocencio IV habiendo tomado en sus manos
la dirección de las preferencias discordes se
arrogó este derecho. El Senador era extranjero y su
mandato duraba un año. El primero elegido fue Raimundo
Tolomeo en 1359. Sólo tenía poder de juez,
perteneciendo el gobierno a los siete reformadores y a los
abanderados (Banderesi o Banderai) es decir a los jefes de los
distintos barrios.

El senador Ugón IV rey de Chipre había
anulado en los tiempos de Urbano a los reformadores trasladando
sus atribuciones a los abanderados. Los Buonuomini no son bien
conocidos en esa parte de la historia romana, debieron
tratarse de los habituales pesos y contrapesos de la republica
romana.

El Papa no regreso de Aviñon a Roma, a quien
concedió por medio de tratados el
derecho de gobernarse a si misma. Este decreto se dice fue
sustraído en buena parte por Bonifacio IX sucesor de
Urbano. Aunque Roma en 1378 en un acto solemne hizo a Urbano el
don de sí misma, conservo a pesar de esto el título
de república.

Roma estaba dividida en cuatro barrios, por lo tanto su
gobierno en este instante era democrático, el Papa
habían entregado al pueblo el derecho de gobernarse a si
mismo, aunque con algunas restricciones que para ese tiempo eran
poco notorias, pues el pontífice confirmaba la
elección del Senador. Es decir tenia un tutelaje que
debido a las circunstancias coyunturales no eran oprobiosas ni
sojuzgantes. Más bien el elemento aristocrático
parece haber estado en estos "reformadores", pero estos fueron
suprimidos y sus atribuciones trasladadas a los abanderados. Se
puede ver que el propio Rey de Chipre respeto esta
decisión democrática de la comuna romana en su
condición de Senador. El dominio de los
Papas no parece haber sido tan tiránico como la
fábula política acostumbra contar.

Otro ejemplo lo podemos ver en la ciudad de Viterbo
dominada por el prefecto de Roma Francesco de Vico a cuyo
padre había sido concedido Viterbo por Ludovico el Bavaro,
quien arrebato esta ciudad a los Papas, esta ciudad fue retomada
por el cardenal Egidio, pero nuevamente un motín de 1375
fue aprovechado por de Vico para reconquistar la ciudad haciendo
lo mismo con la ciudad de Orta enemistándose con los
Papas. "he odio hablar…de la respuesta que os dio el
ímpetu del prefecto; verdaderamente ímpetu de ira y
de irreverencia ante los embajadores romanos, sobre cuya
respuesta parece que han de hacer consejo general y luego ir
hacia vos los jefes de barrio y algunos hombres buenos"(SIENA
:1950, 355).

Este señorío devenía en
tiranía por lo cual no tenia el consentimiento de muchos
ciudadanos quienes por desprecio lo pintaban cabeza abajo, en
1387 el prefecto encontró la muerte en
medio de un tumulto popular, terminando el poder de su familia a
mediados del siglo siguiente.

Todos estos datos sirven para
terminar de una vez con el romántico mito de los
jurati y establecer que las formas de representación
democrática fueron en parte de los casos intentos
apresurados de las comunas italianas que devinieron en
constituciones que al ser primero democráticas, su
evolución los hizo caer en la exclusión
oligárquica al desligarse de un poder que gobernaba en
concurso con su propia voluntad.

Ya para la época de Carlos V, las
Repúblicas ciudades italianas, estaban absorbidas por las
Republicas plutocráticas de Venecia y Génova; los
Señoríos feudales de Milán, Parma, Saboya,
Módena, Ferrara, Florencia y el Reino de Las Dos Sicilias
, bajo el dominio de familias dinásticas; y por
último, bajo el poder político directo de los
Estados Pontificios. La irrupción democrático
popular de las ciudades libres había llegado a su
fin.

CAPITULO III. EL RENACIMIENTO
MODERNO.

El renacimiento es
un movimiento que
influyó en todos los ámbitos del quehacer humano
consiste en el regreso a un antiguo esplendor greco-romano, bajo
la bandera de los siguientes principios:

  • Libertad de contratación y de
    competencia
  • Búsqueda del beneficio, del éxito
    económico: moral del
    éxito.
  • Libre interpretación, libertad de
    pensamiento.
  • Humanismo, relativismo, individualismo.
  • Pluralismo de tendencias
  • Sentimiento favorable a la igualdad de
    los derechos.

Pero estos grandes principios sólo eran para una
pequeña élite, pues en realidad esta libertad no
mejoró la libertad que grandes sectores de la
población tenían de la miseria, de la ignorancia, y
de la
pobreza.

La libertad económica, que solo podía ser
ejercida por unos cuantos, no se correspondía con la
libertad de la mayoría victima del absolutismo
monárquico y la prepotencia de los nobles. Gracias a este
poder con carencia de frenos democráticos, los Estados
Generales no se reunieron en mas de cien años: mientras el
Parlamento inglés
tambalea durante los Tudor, la dictadura militar
de Cromwell, y la Revolución
Gloriosa de 1688 crea una camarilla plutocrática que se
reparte las riquezas del pueblo inglés.

La modernidad
implica un nuevo trastorno social que primero se valdrá
del absolutismo para uniformizar la sociedad, y
acabar así con la "desordenada" estructura
social, para después derrocar al monarca, la
más poderosa barrera para concretizar sus
postulados.

Una vez derrocado el monarca la modernidad llega a su
fin y empieza la contemporaneidad, los modernos se preparan a
hacer realidad sus postulados, surgen las filosofías
humanas en contraposiciones a los dogmas divinos. y empieza el
"apogeo de la razón".

Este racionalismo
vio a las estructuras
naturales como algo desordenado y caótico que
correspondía a la razón ordenar. fue entonces que
fue suprimida la nobleza, las cortes se sustituyeron por
órganos colegiados uniestamentales, todos se volvieron
ciudadanos de la Republica. En total: había nacido el
nuevo régimen.

Hemos visto que a lo largo de la historia las multitudes
se habían visto privadas de dar su opinión o
expresar su decisión tanto con la simple negación
constitucional de ello, como por la instrumentalización de
los mecanismos electorales en manos de los grupos de poder
oligocrático.

Pero actualmente existe la "democracia
radical" con sus propios métodos de
manipulación y de toma de
decisiones bien sea a espaldas del pueblo o mediatizando sus
decisiones. No es para nada una triste coincidencia que las
democracia radicales, desde Grecia, hasta
las contemporaneas, hayan surgido a la par con la emergencia de
grupos de poder de base plutocrática.

PARTE TERCERA. FUNDAMENTOS
TEÓRICOS DE LA REPRESENTACIÓN.

CAPITULO I
PENSAMIENTO CLÁSICO DE LA ANTIGÜEDAD.

En Grecia, no existía el concepto de
representación, todos eran considerados parte del cuerpo
político social y político a la vez, la sociedad
estaba confundida con el Estado. los
cargos públicos eran funciones para el
gobierno de la polis que no significaba que los elegidos para los
cargos sean representantes del gobierno o de institución
alguna. (TORRES DEL MORAL : 1975, 146)

Los ciudadanos se consideraban atenienses miembros de la
comunidad
humana de origen, ellos eran los atenienses, espartanos, tebanos,
etc. Ellos no representaban a la polis: ellos eran la polis. eran
la comunidad humana a la cual pertenecían. lo mismo puede
decirse de roma donde la res publica, no era para nada el
significado que obtuvo durante la era de las monarquías
absolutas, sino que se cimentaban sobre el mismo concepto que
informo todas las instituciones
del mundo antiguo occidental: la comunidad de hombres
libres.

CAPITULO II.
ESCOLASTICISMO Y SECULARIZACIÓN.

SUB CAPÍTULO 1
: EL PACTISMO ESCOLÁSTICO.

El pactismo escolástico continuo en el
pensamiento popular aun terminada la Edad Media, en
la Edad Moderna
al iniciarse la dinastía de Borbón en España, el
Rey Felipe V convoco a cortes para que los españoles juren
de su hijo como sucesor.

En ellas el Ayuntamiento de Valencia facultó a
sus procuradores para que después de jurar fidelidad al
rey "reciban el [juramento] que S.M. el Rey Nuestro señor
será servido de hacer en nombre del serenísimo
Señor Príncipe de las Asturias y Señor
Nuestro, o otra persona que por
su alteza, para el referido efecto será diputada, para que
en todo tiempo se guarden a esta ciudad y demás villas y
lugares de su tierra, todas
las leyes y
privilegios que deban tener y gozar…".

Para Peset esta es una notable aplicación de la
visión pactista de las cortes, mezclada con el reciente
decreto de 29 de junio de 1707(PESET REIG : 1968, 596). Se
refiere al Decreto de la Nueva Planta, por el cual se impuso un
nuevo régimen político a la corona de
Aragón, su principal característica fue la
supresión de la autonomía de Aragón y
Valencia (1707), Mallorca (1715 y 1718) y Cataluña
(1714-16 y 1718) aunque la nueva reglamentación no fue
definitivamente establecido sino hasta la década de
1720.

Esto quiere decir que el Monarca de la modernidad aun
necesitaba el respaldo del pueblo para gobernar, la mentalidad
del pactismo escolástico mas que una manera sumisa de
someterse era un obstáculo para gobernar que los monarcas
tenían que soportar. Si Felipe obviaba la
juramentación de las Cortes hacia su hijo, no sería
raro que a su muerte las
cortes se reúnan para elegir un nuevo rey
independientemente de que este sea el hijo del monarca
fenecido.

Por otras parte la concepción del ayuntamiento,
del cual no podía estar ajena el Corregidor significa que
el pueblo español de
esta época vivía según las corrientes del
pactismo escolástico y se manejaba conforme a él.
Eran las élites las que intentaron disolver esta
mentalidad, no para la libertad ni igualdad digna de los pueblos
sino por todo lo contrario para aumentar su poder. Pero al no
lograr realizar estas medidas bruscamente tuvieron que esperar
unas cuantas décadas más para lograr sus fines
concretados al fin con la revolución
francesa.

SUB CAPÍTULO 2 : LA IRRUPCIÓN
SECULAR.

Cuando la Iglesia empieza a perder influencia surge el
pactismo de la modernidad, el cual tiene un tono secular, pero
asolapadamente oligárquico, como es propio de estas
elites. El problema para entenderlo se encuentra en entender que
cuando sus portavoces hacían referencia a la
"soberanía del pueblo" en verdad planteaban todo lo
contrario, logrando a través de un juego de
palabras -donde el dominio del sofisma era toda una
maestría para estas personas- el convencimiento de las
masas, sino se está preparado para entenderlo. Muchos de
ellos llegaron a convencer a la masa intelectual de nuestro
tiempo, tan acostumbrada al estetismo, erudición y
logicismo.

A)
MONTESQUIEU

Para el barón el pueblo posee el poder soberano-
aforismo común desde tiempo atrás- debiendo hacer
por si mismo todo aquellos que pueda realizar "bien", todo los
demás debe ser actuado por medio de sus "ministres"
palabra usada en sentido figurado que quiere decir persona que
ejecuta lo que otra quiere o dispone.

Pero Secondat no nos explica que puede realizar "bien"
el pueblo, esta categoría en blanco es el centro del
pensamiento antidemocrático del barón. Este afirma
la necesidad de la aristocracia –entendido como poder de
unos pocos sobre la cosa publica- institucionalizada a
través de un consejo o Senado elegido por el propio
pueblo, admirable" eligiendo gobernantes. Después de estos
no se encuentran en los escritos del barón, mas
atribuciones populares donde este se sienta
"admirado".

Prosiguiendo, en el libro XI nos
dice que la democracia y la aristocracia no son estados libres
por naturaleza,
pues al no ser puramente moderados no pude existir en ellos
libertad política, siempre habrá abuso de poder a
no ser que exista otro poder que contrapese tanto a los aristos
como al demos.

Es aquí donde toma forma la "división de
poderes" técnica propuesta por el barón para
alcanzar la libertad política: un ejecutivo a cargo de la
monarquía, y un legislativo ejercido por un
Parlamento tripartito (clero, nobleza, estado llano). El sistema
propuesto, entonces seria el representativo con tendencia
aristocrática bajo un "monarquismo formal".

Secondat opinaba que en las democracias el pueblo
"parece hacer lo que quiere, lo cual es incompatible con la
libertad política, que consiste en hacer lo que se "debe
querer", no es de sorprender el contundente jesuitismo de
Montesquieu. .
Siguiendo con el tema, el barón no explica en que consiste
la realidad ras de lo que "parece", imponiendo tajantemente sus
conceptos sobre el mal y el bien.

Es después donde Montesquieu dice las cosas
claras, para él en todo Estado libre cada hombre se
gobierna a si mismo, entonces el pueblo a falta de
manifestación corporal debe gobernarse a través de
un poder
legislativo, esto es "lo que se debe querer". Pero sigue
explicando que el pueblo no es "propio", es decir idóneo,
adecuado, para decidir por si mismo lo que es uno de los grandes
inconvenientes de la democracia, la cual yerra en el reparto de
roles entre el pueblo y sus representantes.

Entonces a falta de fundamentos claros sobre la
"idoneidad de los representantes" elegidos, y la falta de
libertad política en la democracia, así como las
funciones que el pueblo puede hacer por si mismo. Esta ultima
parte es solo en parte aclarado por el barón: el pueblo
"debe entrar" en el gobierno eligiendo representantes (en el
original francés usa el negativo "ne" que va en el sentido
de exclusividad, es decir, "solamente").

En conclusión el pueblo elige y el representante
elegido gobierna, el sistema representativo es virtuoso, y el
democrático vicioso. Montesquieu esboza una teoría
pre-liberal mezcla de cosmovisión aristocrática y
jesuitismo. El pueblo soberano, entonces gobierna, pero en la
mayor parte de las materias lo hace por medio de sus
representantes. Porque en una república sana el valor de los
ciudadanos es la "virtud" –frente al honor del cual esta
investida la monarquía, son valores que
legitiman el poder- con el tiempo esta república fundada
sobre la virtud devino en un tipo ideal para el Estado de
Derecho, dándole al menos en teoría una
consistencia moral. (CATTANEO : 1964, 198)

Con respecto a los demás fundamentos, debe
hacerse un paréntesis, el autor basa sus afirmaciones en
la experiencia, que aquí no seria otra cosa que la
historia. Pero ¿Cómo describía la historia
Montesquieu?. Como hemos visto según el autor el pueblo
sólo debe elegir representantes y nada más. El
hacer lo contrario originó un vicio en la
organización política de las repúblicas
antiguas: Roma y Grecia. Las monarquías heroicas griegas
otorgaron el poder legislativo al pueblo, el cual una vez
asentado en este poder caprichosamente aboliría la
realeza.

Esto es impreciso las monarquías fueron abolidas
como tales por la aristocracia, surgiendo la democracia siglos
después. En lo que respecta a Roma el barón dice
que los plebeyos consiguieron el poder legislativo en
coparticipación a través de los plebiscitos,
existiendo casos en que los patricios se encontraban sin esta
participación produciéndose la "aniquilación
de la libertad". Pero estos "excesos democráticos" eran
frenados por un poder legislativo pasivo y la dictadura.
Debemos añadir que el sistema de votación grupal
hacia irrisoria las decisiones como hemos visto anteriormente y
la dictadura solo fue usada en casos de agresión
externa.

Es notorio que las imprecisiones históricas de
Montesquieu se deben a tratar de acomodar la realidad a sus
objetivos
políticos mas esenciales: lograr que Francia adopte
una Constitución oligárquica basada en la
"tradición histórica" de su tan alabado modelo
constitucional: la Inglaterra
oligárquica anti-monárquica y
antipopular.

B) ROUSSEAU.

Para este pensador la representación origina la
alineación de los seres humanos. históricamente lo
argumenta explicando que esta institución era inexistente
en la antigüedad, como lo hemos visto anteriormente, y
afirmando que ni siquiera las monarquías antiguas
coexistieron la instituciones representativas populares. Pero
sucede que si hubo representación en las monarquías
de la alta edad media a través de las Cortes, a no ser que
el ginebrino se este refiriendo a la monarquías de fines
de la edad antigua que tenían por instituciones consejos
consultivos eclesiástico conocidos comúnmente como
concilios.

Pero lo mas probable es que se este refiriendo a la
representación moderna sin mandato imperativo, por ello el
ya conocido ejemplo de Inglaterra , el país que solo se
desaliena cada periodo electoral, es decir que solo es libre al
momento de elegir a sus representantes regresando después
de su elección; a la esclavitud.

De ahí surge su concepto radical de
soberanía: si esta pertenece al pueblo, entonces su
representación fuera del cuerpo electoral constituye su
desaparición. soberanía es voluntad general, unos
miembros elegidos no pueden sobreponerse a la voluntad general de
todos los que los han elegido. y esta sólo se expresa
cuando el cuerpo electoral se reúne a expresar su
voluntad.

Este "cuerpo político" sólo esta
delimitado a pesar de su concepto de soberanía radical a
una finalidad funcional: expresar su voluntad para ser obedecida
por los magistrados. el autor separa los actos de
soberanía de los actos de ejecución de esta misma.
elaboró estas ideas de tal manera que la "voluntad
particular no puede representar la voluntad general" (Rousseau :
Libro II, Capítulo 4, página 34); es decir el
soberano representa la voluntad general que va a elegir a una
voluntad particular llamada gobierno para que se haga cargo
-según sus instrucciones- del manejo del Estado.(ROUSSEAU
: Libro III, Capítulo I, páginas 61-67)

Es esta finalidad funcional lo que hace temible para los
gobiernos oligárquicos y monárquicos la existencia
de instituciones asambleístas Desde el instante en que el
pueblo está legítimamente reunido en cuerpo
soberano cesa toda jurisdicción del gobierno, se suspende
el poder
ejecutivo y la persona del último ciudadano es tan
sagrada e inviolable como la del primer magistrado, porque donde
se encuentra el representado no hay representante (ROUSSEAU :
Libro III, Capítulo 14, página 101). Pero esto
tiene un freno: la ilegalidad de la autoconvocatoria. Sólo
un magistrado puede llamar a asamblea.

Es frente al problema de los estados extensos, que
surgen con la idea de Estado-nación
que Rousseau elabora una solución para hacer compatible su
concepto de soberanía popular con una técnica
política que pueda hacerla efectiva con la
representación, pero evitando que el pueblo quede sin ser
escuchado y poder decidir, idea la solución de la
representación con mandato imperativo, frente a la
representación inglesa que aliena al hombre el pone la
delegación, al comisionado que en cualquier momento puede
ser revocado por el cuerpo electoral y cuyas actuaciones políticas
se encuentran continuamente fiscalizadas por aquel, para evitar
que haya un desvió de la voluntad general en que se
sustenta la democracia según la doctrina del
ginebrino.

Otro problema que se ve en la Constitución
representativa es la situación real de la existencia de
una gran masa de desposeidos: Bajo los malos gobiernos, esta
igualdad es exclusivamente aparente e ilusoria: sólo sirve
para mantener al pobre en su miseria y al rico en su
usurpación. De hecho, las leyes son siempre útiles
para los que poseen algo y perjudiciales para los que nada
tienen. De donde se sigue que el estado social no es ventajoso a
los hombres sino en tanto que poseen todos algo y que ninguno de
ellos tiene demasiado (Rousseau: Libro I, Capítulo 9,
página 25)

Tanto para Montesquieu como para Rousseau, la
representación no es una democracia, ambos son separados y
distintos, la democracia es un gobierno de Asamblea, la
representación es un gobierno donde el poder lo ejerce una
aristocracia política.

¿Cuáles son las consecuencias del
pensamiento Rousssoniano? Al contrastar las teorías del
ginebrino con la realidad actual, llegamos a tomar a la
Constitución como la máxima y perenne
expresión de la voluntad general del cuerpo soberano. Esto
a simple intelección puede resultar positivo, pero nos
topamos con un problema ¿Cómo puede el cuerpo
soberano –siendo su equivalente el cuerpo electoral-
tutelar el correcto ejecución de la voluntad general por
parte de los Gobernantes? El Tribunal Constitucional,
máximo intérprete de la Constitución no
sería sino un órgano gubernamental constituido por
magistrados que también tendría que estar sujeto a
esta voluntad general del cuerpo soberano. La realidad ha
desembocado gracias a la omisión de los gobernantes para
proporcionar mecanismo adecuados de control ciudadano
en el fetichismo constitucional. Esto no es más que una
modernización de las viejas taras coloniales "La
Constitución se acata, pero no se cumple".

SUB CAPÍTULO 3
: CORRIENTES CONTEMPORÁNEAS

A) SAVIGNY

La figura de VON SAVIGNY es la mas resaltante y
clásica de la escuela
histórica del Derecho, siendo una manifestación
jurídica de los movimientos románticos que
surgieron como reacción frente al racionalismo de la
revolución francesa; SAVIGNY recoge el aspecto
psicológico del romanticismo; es
mas, sus ideas se encuentran separadas del misticismo, aun en lo
que corresponde a la categoría del VOLKSGEIST, el cual no
representa una sustancia divina separada de la realidad, sino una
sustancia psíquica viviente, un principio inmanente a las
realidades históricas (URRUTIA : 1964, 125).

Pero seria muy tentador reducir la polémica
romanticismo-racionalismo a una simple discusión
teorética, pues mientras los racionalistas franceses
condenaban al cadalso a miles de personas, los principados
alemanes comenzaban una época de resurgimiento cultural y
artístico. Aún así, debemos entender que
según Savigny esta polémica se veía
reflejada en la pugna poder ejecutivo y poder judicial,
en la cual, el primero por una ley puede echar
abajo toda una tradición jurídica existente
mientras el otro tiene como función
fallar y hacer jurisprudencia
en función al espíritu popular.

Pero la idea de representación en SAVIGNY
trasciende la esfera política para obtener una alcance mas
"cultural". En efecto, para SAVIGNY los representantes del pueblo
no son ni el príncipe ni los legisladores, es el temor a
una intervención arbitraria de estos que pudiera violentar
el espontáneo desarrollo del derecho popular, lo que hace
que SAVIGNY prefiera a cualquier órgano estatal la
clase de los
juristas doctos (PEKELIS : 1943, 142). Expone Pekelis citando a
SAVIGNY que de la misma manera que el derecho "vivía en
la conciencia del
pueblo entero, así el mismo pertenece ahora a la
conciencia de los juristas, por los cuales el pueblo esta
actualmente representado en esta función
"

Ante tantas afirmaciones "originales" creo necesario
realizar las matizaciones necesarias para no caer en una
interpretación vulgar de la ideología Savigneana, y
de esta manera exponer las cuestiones historicistas tal cual
son.

La Escuela Histórica no planteó un nuevo
modelo constitucional bajo el cual deberían organizarse
los Estados: sean monarquías o repúblicas; ambos,
legisladores o monarcas no serán sino promulgadores del
derecho que ya existe y ha sido producido por el Espíritu
popular en la conciencia común del pueblo. En cualquier
forma constitucional el poder legislativo es un producto del
Espíritu popular. En todas ellas las relaciones
legislador-pueblo son siempre las mismas: aquél es
representante del espíritu popular. (Urrutia : 1964,
129)

En este sentido lo que hizo la Escuela Histórica
no fue el de restar legitimidad a los diferentes modelos de
gobierno, sino el de elaborar una teoría que se acoplara a
todos ellos, las teorías historicistas no justificaban un
tipo de Estado en especifico, justificaban el Estado en general,
no intentaban crear una nueva forma de dación de las
normas
jurídicas, justificaban toda norma jurídica, ellos
se preocuparon mas por encontrar las repuestas no a una
época de la historia, ni a un pueblo en particular, ellos
buscaron la clave para poder entender a todos los pueblos y todo
el devenir de la humanidad.

Ahora bien, para Savigny el Espíritu universal es
algo substancial, anterior al pueblo, causa y no producto de sus
reacciones. El Volkgeist seria entonces una sustancia
psíquica viva, en plena evolución y desarrollo como
correspondería a un ser vivo; es una entidad espiritual al
modo de un espíritu individual que crea y suscita las
energías populares intimas.

El derecho entonces vive en el alma popular;
por lo que la costumbre, la legislación y la
jurisprudencia no serian fuentes del
derecho, sino al revés, el derecho seria quien los
produce. Pues la norma ya existe de hecho con mucha anterioridad
en el alma popular y en cualquier momento y circunstancias en que
podamos tener la necesidad de una norma jurídica, nos
encontramos con un derecho ya preformado, existente en la
realidad. (Urrutia : 1964, 125)

El Volkgeist no es un principio divino externo a la
realidad que va creando, sino que es un principio inmanente a las
realidades históricas. El derecho popular nace como un
producto inmediato de la conciencia del pueblo, concretado en
símbolos y manifestado por ejemplo en las
costumbres populares. Este derecho es al comienzo
espontáneo y necesario de la naturaleza (sólo en
este sentido es para Savigny natural). Este derecho existe
de manera abstracta, es decir a través de sentimientos,
pensamientos y hábitos concordes. (Urrutia : 1964,
126)

Posteriormente el derecho cede en su espontaneidad,
volviéndose cada vez mas técnico, forjándose
así el derecho político, también
llamado por Savigny derecho popular. Esto trae como consecuencia
la cientificidad del derecho debido a la jurisprudencia y la
legislación. El derecho adquiere así una visa
concreta debido al Estado que le da realidad por medio de la
Constitución y el Poder Judicial. (Urrutia : 1964,
113)

Es así que tenemos un Volkgeist adaptado para
todas las épocas y todos los estadios. Pero claro esta, el
historiador no puede escapar al espectro de su propio tiempo.
Savigny tuvo que tomar una posición ante el
fenómeno estatal que aparecía a raíz de la
ideología revolucionaria robustecida gracias al
fenómeno napoleónico. Su teoría que
explicaba todas las realidades tuvo que enfrentarse a la ontología social de su propia
realidad.

Como hemos dicho al principio Savigny representa una
reacción al racionalismo, y por lo tanto a todas las
instituciones nacidas de ella. Es por ello que Savigny elaborar
una teoría sobre la evolución del "derecho": nace
este como producto inmediato de la conciencia del pueblo,
concretado en símbolos y manifestado en las costumbres
populares. Este derecho puede llamarse natural por ser un
producto espontáneo y necesario de la naturaleza. Es mas
tarde, a medida que cede la espontaneidad, que se va imponiendo
el elemento técnico y el derecho se va transformando en
científico, gracias a la jurisprudencia, complemento y
apoyo del derecho popular. (Urrutia : 1964,113)

Pero Savigny necesita crear una construcción histórica para poder
justificar que el derecho en manos de los juristas sigue siendo
una producción popular. Para ello recurre al
Derecho
Romano: en su evolución histórica la costumbre
lo es prácticamente todo hasta la época post
clásica donde comienza a imperar la legislación.
(Urrutia : 1964,115)

Pero este esquema nos hace pensar que el legislador
sustrae al pueblo del monopolio de
"manifestar" derecho, todo a su favor. Mas no es así.
Savigny utiliza otro artilugio para poder seguir
manteniéndose en sus ideas. En efecto, para él,
toda derecho se crea siempre en virtud de una fuerza
interior, calladamente activa, más nunca por el arbitrio
del legislador.

¿Entonces? Aun el mismo Savigny sigue siendo muy
prolífico en ideas para explicar esto, al tratar el
derecho romano: existe una norma romana que aplica la costumbre
de la Urbe en caso de carencia de esta en otra ciudad, Herr
Savigny lo explica diciendo que siendo el Imperio tan extenso, se
hace fácilmente concebible la inexistencia de conciencia
común.

Para Urrutia: "es realmente admirable la facilidad con
que descubre representantes de la conciencia popular. Y ni
siquiera le perturba que la prerrogativa de representar la
conciencia popular pasara más tarde a Constantinopla (ya
que no era la cuna de la nación
como podía ser de Roma)". Mas adelante Herr Savigny afirma
que al Emperador romano correspondía reconocer a la
costumbre como "testimonio de la conciencia común". Al
respecto dice Urrutia: "si los hechos que su saber
histórico le revelan no parecen estar muy de acuerdo con
la teoría, su explicación parece también
olvidarla". (Urrutia:1964,119)

Ahora bien, es en el Sistema donde recién se
menciona al Volksgeist, según el cual el derecho como
acabamos de ver, no procede de la humanidad, sino del pueblo,
porque solo en una unidad real –pueblo, nación, o
incluso comunidad- se individualiza el espíritu universal
de la humanidad.

Pero tampoco esto debe hacernos creer en las supuestas
ideas "democráticas" de Savigny. En efecto para Herr
Savigny no es el pueblo quien crea la costumbre jurídica,
en abierta oposición a los gobernantes, lo cual para el
mencionado jurista seria asignar contra toda verdad la
soberanía quienes de acuerdo con el derecho deben
obedecer.

Pues para Savigny el pueblo existe en una unidad visible
y orgánica que recibe el nombre de Estado, el cual es una
creación jurídica que por lo tanto procede de la
fuerza interna del derecho. Esto hace que Savigny, elabore un
concepto muy especial de populus de tal manera que no
caiga en una abstracción ni tampoco en una
concreción. En efecto, para el pueblo es una
individualidad histórica y psicológica, no una mera
abstracción, pero también es la misma nación
idealmente concebida a lo largo de todas la generaciones, es
decir, es siempre la misma. (Urrutia : 1964, 128)

Pero aun así Savigny admite la posibilidad de que
el legislador anteponga su propia voluntad al momento de
manifestar el derecho sin impórtale el derecho que ya
existe en la conciencia popular transgrediéndola. Si
usáramos la lógica
de Savigny pensaríamos que esa ley nace como producto de
una voluntad arbitraria y por lo tanto no tiene valor
jurídico alguno. Pero no es así, Herr Savigny se
limita solo a decir que el legislador en este caso en particular
desconoce su misión.

No contento con esto Savigny reconoce el valor
jurídico de la ley, asimismo como sus ventajas en rapidez
y seguridad, aun
frente a la propia costumbre puesto que también manifiesta
el derecho de un modo mas visible lo cual le hace restablecer con
mas ventaja la armonía social necesaria.

Lo popular en Savigny entonces se realiza en
función a este concepto de pueblo, debido a su
enérgica oposición a la arbitrariedad que los
sistemas
racionalistas en cuanto a su creación del derecho. Este
impulso lo lleva a colocarse a lado del pueblo, pero solo en el
sentido que veíamos en antes: el Volksgeist y la necesidad
del derecho hacen que la arbitrariedad quede descartada al
momento de su creación.

Debemos además entender que Savigny era un
legitimista y ajeno al racionalismo burgués de la
revolución francesa. Lo cual le hizo recurrir a la
ilusión, arbitraria, de tomar al legislador como un
representante del espíritu popular, lo cual se colige al
ver como Savigny equipara en valor jurídico a la ley y la
costumbre, lo cual es actualmente inconcebible en nuestro sistema
de fuentes.

Por lo que queda claro porque Savigny reconoce la
eficacia
jurídica de la ley arbitraria dada por el legislador en
contra del espíritu popular. Para el la única
diferencia entre las diferentes constituciones políticas,
reside en el grado de influencia del factor
político o técnico(dependencia de la
vida social o de la ciencia) es
a partir de aquí que Savigny llega al punto que deseamos
alcanzar: el derecho también obra a través de la
ciencia, por
consiguiente los jurisprudentes serian los representantes del
pueblo.

Esta pretensión ha sido seriamente criticada por
Gierke considerando una ilusión el que los jurisconsultos
representen a la conciencia popular, debido a que la existencia
de la conciencia colectiva resulta pues una hipótesis inverificable, pues la costumbre
nace de la simple imitación y no de un espíritu
popular que hace el papel de demiurgo en la humanidad.
(Urrutia:1964,130)

Si seguimos leyendo a Savigny nos daremos cuenta que
así como el derecho se expresa a través del pueblo
en la costumbre, de la jurisprudencia en el jurista,
también lo hace a través del legislador por medio
de la ley. Pero, a que viene todo esto? Al no negar eficacia
jurídica a una ley contradictoria de la conciencia
jurídica popular ya al dar preferencia a las ventajas de
la ley frente a la costumbre el propio Savigny ya esta creando
una jerarquía normativa favorable a los postulados del
reciente Estado revolucionario francés cuyo
racionalismo-característica esencial e inherente de ese
tipo de Estado hasta nuestros días- el mismo Savigny
decidió atacar.

Lo que intentó hacer Savigny fue otorgar a los
juristas la capacidad de descubrir las manifestaciones del
Espíritu popular a traves de los fundamentos
históricos, los cuales servirían de
justificación político jurídica a los
Estados. En este sentido serían los juristas quienes a
traves de sus investigaciones
decidirían el curso de las directrices jurídicas de
la nación, las cuales serviríana los politicos de
funet legitimadora de sus actos.

Como vemos al principio y al final la teoría de
este autor resultó tan apriorista, arbitraria,
insostenible, e infundada, que dio paso en la practica al
arbitrio de la representación legislativa y
colaboró con abrir una brecha para que pueda colarse en
nuestras sociedades el
absolutismo político actual.

B) STUART
MILL

Fue Stuart Mill quien inicio la critica del liberalismo a
favor de un "liberalismo social" o "socialismo
liberal", mas termino convirtiéndola a esta en una
ideología valida para justificar científicamente el
gobierno de una minoría.

Expliquemos. Mientras el liberalismo genuino, cree que
de la libertad real surge la igualdad formal, el demócrata
sostiene que de la igualación de hecho saldrá la
libertad. Mill en su vertiente "socialista" se encontraba
influenciado por los utopistas sansimonianos quienes veían
al sistema de libre empresa como la
causa de la anarquía contemporánea, de ellos Mill
abandonó el laissez faire a favor de los argumentos
sentimentales y humanitarios. Terminó por concluir que la
clave de todos los problemas se
encontraba en la educación general.
De aquí Mill sostuvo que las libertades del liberalismo
político eran solo formales- algo nada nuevo en la
actualidad- de aquí llegaba a entender que dicho sistema
no tenia un papel positivo, es decir no actúa sobre
asuntos reales "puestos" en la sociedad, por lo que no era
científico.

A diferencia del liberalismo clásico según
el cual se presupone la existencia de una armonía social
de los intereses y se restringe la función del gobierno a
hacer respetar las reglas de juego; Mill cree que el Estado debe
intervenir en todos los procesos
sociales, modificándolos en base a la utilidad social o
del mayor número

Otra diferencia más peligrosa se encuentra en la
concepción del Poder, para el liberalismo clásico,
este emerge de la conveniencia de lo individuos, siendo el
gobierno el instrumento necesario para hacer valer las reglas
sociales, es algo emergente un artificio; los liberal socialistas
van más lejos, para ellos es un presupuesto que
los individuos desconocen sus propios intereses emergiendo el
Poder de la necesidad de dirigirlos decirles que es lo que
necesitan, unificado todo el conjunto de relaciones sociales,
esta influencia de Hobbes basado
en la organización racional de la sociedad, da
carta libre a que los ideólogos impongan sus ideas sobre
la conciencia social.

El papel dado por Mill a la educación conduce al
gobierno de las elites de carácter intelectualista, típico en
los ideólogos, para él "lo que piensan los hombres
determina como actúan" se propuso educar a las
mayorías en las ideas que el creía verdaderas y de
acuerdo con los tiempos. Esto derivaba tarde o temprano en la
tecnocracia.

En su obra el Gobierno Representativo(1861) llegó
a pedir la abolición del secreto en el voto, elemento
esencial para que esta institución conserve su valor,
además propuso un sistema de sufragio
cualificado. Su finalidad fue preservar a las minorías de
la absorción de las mayorías, así como a un
criterio utilitario favorable al gobierno de lo "expertos"
excluyendo el sufragio universal, aunque solo tomaba como
argumento accesorio el que los ignorantes excesivamente ligados a
las ideas autoritarias acerca del gobierno terminen por ser
más favorables al absolutismo. Es decir evitar que el
pueblo –el cual en este tiempo estaba como acabamos de ver
sumido en la pobreza – acceda
a los cargos públicos.

Aunque puede resultar lógico el argumento de Mill
de otorgar el sufragio calificado, el ethos que éste hace
del pueblo inglés resulta bastante sospechoso.
Según su punto de vista "ese pueblo desconfía mucho
de cualquier intento que se haga para ejercer el poder sobre
él, que no este sancionado ni por la tradición ni
por su propio concepto de derecho; pero en general no le lama la
atención ejercer el poder sobre los
demás" (MILL : 1966, 79) Llega a afirmar que el pueblo
prefiere que los cargos públicos sean desempeñados
por personas que acceden a ellos como consecuencia de una
posición social, es decir "condiciones sociales, como
sucedería en condiciones normales y correctas" (MILL :
1966, 169). Históricamente cuestionable.

Debemos de señalar que Mill al final de su vida
llego a la conclusión de que la educación era
infinitamente mejor que el sistema
político representativo británico basado en la
opinión, esto lo saco de sus observaciones del educado
pueblo prusiano bajo la monarquía absolutista prusiana,
terminando en que la garantía para un buen gobierno es un
pueblo esclarecido, el cual no siempre es consecuencia de las
instituciones populares (Negro p, 1968, 139).

Las ideas de Mill sobre el sufragio femenino, no por eso
dejan de ser excluyentes: se basan en que si la sociedad da el
sufragio a los propietarios hombres, tambiémn debe darlo a
las propietarias mujeres, pero en ningún caso a las
mujeres no propietarias, es decir es una propuesta de
igualación en roles políticos dentro de un grupo de
personas de la misma "condición social". Así, el
sexo o la
piel no deben
ser tomados como factores de justificación suficiente para
restringir la ciudadanía (MILL : 1966, 170)

Mill presupuso como acabamos de ver anteriormente que la
gente común era incapaz de elevar su mentalidad sin la
ayuda de una autoridad. Como era de esperarse en un liberal, Mill
nunca digo quien debía de ser esa autoridad, sólo
se refirió a la capacidad para ejercer derechos
políticos de la gente con "condición social ",
calificándola como apta.

¿Qué era esta condicion social? Pues las
cualidades morales junto con la inteligencia
política. Mill habla sobre la "Democracia en América" de Tocqueville se impresiona por
la imagen del
ciudadano preocupado en los asuntos públicos ve esta
"actuación política práctica del ciudadano,
no sólo como uno de los medios,
más eficaces para ejercitar los sentimientos sociales y la
inteligencia práctica del pueblo, tan importantes en
sí y tan indispensables para el buen gobierno, sino
también como el remedio contra alguna de las enfermedades
características de la democracia" (MILL :1921. 186) No
tenían acaso los sindicatos
obreros este tipo de organización? ¿no luchaban
acaso por mas espacios políticos en el Parlamento? Es muy
sospechoso que Mill se contradiga tanto en palabras y en acciones de
intelectual político.

Otra barrera que anteponía Mill era la
instrucción: "mientras la educación continúe
siendo tan desastrosa e imperfecta, temíamos la
ignorancia, y especialmente el egoísmo y la brutalidad de
la masa; pero nuestro ideal de perfeccionamiento definitivo iba
más allá de la democracia" (MILL : 1921, 223) Pero
Mill no puede negar que las dirigencias obreras estaban
autoinstruidas no tan sólo en Inglaterra sino
también en América, sólo basta leer las
declaraciones de los mártires de Chicago durante el juicio
que se les siguió, no eran gente inculta

Otro inconveniente para la democracia radical
consistía en la "condición social moral" de las
masas, Mill tachaba a los obreros de "mentirosos". Pero
aquí ocurre un hecho anecdótico, Mill habla de la
ocasión cuando dijo con "rudeza, que las clases obreras,
aunque diferenciándose de las de los otros países
en que se avergüenzan de la mentira, son todavía
generalmente mentirosas"; cuando los obreros le preguntaron sobre
la titularidad de esas palabras, Mill repondió "Lo hice" ,
enseguida lo aplaudieron y le dieron las gracias por hacerles
darse cuenta de sus errores pues no quería aduladores sino
amigos (MILL : 1921, 274) ¿Es esta la actitud de
gente sin educación? Recordemos que decía Mill
sobre la tara social de pensar maleducado o todo aquel que
contrariaba.

Sus ideología contribuyó al triunfo de los
gobiernos de las minorías tecnocráticas, aisladas
por esa característica de las masas gobernadas, a quienes
resulta inasequible la complicada maquinaria
administrativa.

C) BURKE

Los escritos de Burke- y aun más su pensamiento y
actuar- siempre han sido contradictorios una vez que se analiza
su pensamiento al hacer una comparación entre su ideas y
la realidad de aquella época.

En efecto, el concepto de representación basado
en el mandato imperativo, al reclamar la aplicación
rigurosa de la forma que prescriben las leyes tradicionales, tal
como se han practicado en una continua serie de generaciones y
siglos que Burke conocía tan bien, no fueron consideradas
por el autor, siendo asimismo rechazados más tarde, porque
tal procedimiento no
se ajustaba al entonces defendido.

Además Burke alegaba en contra del mandato
imperativo el peligro de caer en la demagogia "especialmente es
este momento en que existe una facilidad tan grande de caer en
los extremos peligrosos de la sumisión servil y de la
populachería" (BURKE : 2000).

Entonces ¿a que se refería Burke al hablar
de "tradición"? ¿cuáles eran los alcances de
su comunitarismo?. En primer lugar para entender a Burke es
necesario saber que el pensador era según Marx un
mercenario al mejor postor. En segundo lugar su pensamiento nunca
fue original-propio de los mercenarios. Y en tercer y
último lugar su papel dentro del sofisticado mundo
intelectual anglo-sajón fue el de justificar
académicamente los hechos políticos de la poderosa
elite aristocrático-plutocrático para la cual
trabajaba, para ello tuvo que sacar elementos eidéticos de
algunos intelectuales
para crear un pensamiento a la medida de sus
benefactores.

Burke plantea la representación política
sin mandato imperativo. Lo más probable es que está
"tradición" tenga orígenes tardíos en la
Exposición del Pueblo de Inglaterra
(15/enero/1649), la cual en su cláusula tercera establece
que los representantes prometerán aceptar fielmente su
cargo "según su mejor entender para gloria de Dios y bien
de su pueblo" (SÁNCHEZ VIAMONTE : 1962, 405)

Y en efecto, el margen de probabilidad
aumenta, si también notamos que cuando los Parlamentos
empiezan a convocarse para periodos largos(LEYVA MÉNDIVIL
: 2004) –a diferencia de los anteriores que sólo
eran esporádicos- v.g. el Parlamento Largo (1640- ) de la
época de Cromwell; el cual es uno de los inspiradores de
la Exposición de motivos del Pueblo de Inglaterra, visto
en el párrafo
anterior.

La tradición de Burke del mandato no imperativo,
en verdad es una innovación política protestante
puritana, Burke no lo mencionó porque sencillamente no le
convenía. Si tenemos en cuenta la acusación de Marx
contra Burke de ser un intelectual al mejor postor, la denuncia
moral adquiere sentido. Cuando los Parlamentos se vuelven
permanentes los brazos de la representación dejan de
solventar los gastos de la
"procuración" pues estos se vuelven muy costosos. Pero la
Exposición no habla de las remuneraciones de
los representantes pues esta no existía (SÁNCHEZ
VIAMONTE : 1962, 401-408)

¿Quien "auxilio" los gastos de los representantes
del pueblo? Burke nos da una pista : "Somos ahora diputados por
una rica ciudad comercial" (BURKE : 2000) El protestantismo
paulatinamente adquirió influencia en el Parlamento en el
siglo XVI hasta que los puritanos llegaron a ser mayoría
en 1575 se volvieron a la oposición parlamentaria contra
la reinas Tudor (Después destronarían a los
Estuardos e impondrían su propia dinastía real).
Socialmente estaban atrincherados en las pequeña
aristocracia y en las ciudades. Pronto de volvieron
poderosos económicamente, adquieren los bienes de la
nobleza, y en el mejor de los casos terminan fundiéndose
con ella a través de alianzas matrimoniales. la nueva
oligarquía senatorial al modelo romano imperial
había nacido.(DROYSIEN : sin fecha, 37)

Ahora bien, Burke a la primera razón antepone
como complemento otra: "pero esta ciudad no es, sin embargo, sino
una parte de una rica nación comercial cuyos intereses son
variados, multiformes e intrincados"(BURKE : 2000) ¿Que
quiso decir? sencilla y llanamente que los burgueses de Bristol
no eran los más poderosos del país. Ya en tiempos
de Enrique VIII Tudor Londres concentró toda la
producción y recursos del
país, las 2/3 partes del comercio exterior
de Inglaterra.

Así que no le convenía responder ante los
electores de Bristol. Habían magnates más poderosos
en la capital. Por
eso afirmó algo muy controvertido: que "opinión
imparcial, su juicio maduro y su conciencia ilustrada no debe
sacrificároslos a vosotros, a ningún hombre ni a
grupo de hombres… Vuestro representante os debe, no sólo
su industria,
sino su juicio, y os traiciona, en vez de serviros, si lo
sacrifica a vuestra opinión." (BURKE : 2000).

Para este tiempo (1774) todavía no se
habían dado las reformas electorales que hemos visto
anteriormente, los electores de Bristol que eran 5.382 (REGIONAL
HISTORY CENTRE : 2005) no podían ser la asamblea
deliberante de una nación, desde ahora sería el
representante, es decir Burke quien racionalice todas las
opiniones, sentimientos y aspiraciones de sus
electores.

Como consecuencia Burke no sería reelegido debido
a que no le presto importancia al interés
mercantil de la ciudad durante su mandato no imperativo. Como
socio que era del liberal Adán Smith, él
irritó a los mercaderes de Bristol favoreciendo el
levantar de restricciones comerciales con Irlanda (BERTRAM :
2005). Burke era un whig (una vez en el Parlamento se
alió a los tory el partido contrario y su
"propuesta" favorecía a los mercaderes de Bristol que
habrán visto con buenos ojos que un representante
pensará "por sí mismo" Pero no le pudieron perdonar
a Burke su apoyo a ley que hacía entrar a los irlandeses
en el mercado
inglés. (el propio Burke era proveniente de una familia
irlandés católica que lo había hecho educar
en la religón protestante para darle probabilidades de
ascenso social)

En fin, todo apunta a que Burke elaboró su
teoría del no mandato imperativo por razones de
sobrevivencia social. Era una buena manera como los
representantes podían hacer que sus electores se "sientan"
representados por ellos mientras en el Parlamento obraban
según su "ilustrado raciocinio y recta conciencia".que
muchas veces no era del agrado del cuerpo electoral.

Al derivar todas las responsabilidades ante la
"nación" entera y no sólo una fracción de
esta, Burke gracias a su elaborada retórica lograba
sustraerse de todo tipo de control electoral pues
respondía sólo ante una nación cuya
única forma de manifestación era el Parlamento del
cual formaba parte. Y mas concretamente la oligarquía
nacional inglesa que tenía el control del comercio
exterior y salió beneficiada con la referida ley que Burke
aprobó.

PARTE CUARTA. FUNDAMENTO
METAFÍSICOS DE LA REPRESENTACIÓN.

CAPITULO I. LA DEMOCRACIA.

La democracia es uno de los mas grandes mitos
contemporáneos, nace como un proyecto de la
burguesía para subrogarse totalmente al poder feudal que
por ese entonces (los inicios de la contemporaneidad) se
encontraba en proceso de
franca decadencia.

Los ideólogos de la democracia comenzaron a
convencer a las masas de lo benigno que serían para ellas
la implantación de una forma de gobierno donde ellos
participen activamente como el demos(pueblo) que eran. Pero la
"nueva democracia" de corte representativo no pasó
más de ser una simple idea, que los "ideólogos"
sacaron a la palestra luminaria del siglo XVIII producto de un
híbrido que mezclaba los viejos escritos griegos
(remembranzas de una edad de oro de la
cultura
grecorromana, el auge de la civilización clásica),
con las modernas teorías y aspiraciones de una
burguesía financiera y mercantil en
expansión.

Con respecto a las fuentes griegas de la democracia
contemporánea es de notar que el mito de su origen dista
mucho de aproximarse a esos valores sublimes y supuestamente
universales que los doctrinarios actuales nos han tratado de
imponer a través de la retórica de su
dogmática.

Como es conocido la democracia nace en la cuidad Estado
o Polis de Atenas. Pero el proceso de su desarrollo trae a
colación serias dudas a cerca de su acepción. En
efecto, el nacimiento de la democracia ateniense se da gracias a
su Clístenes, un noble y discriminativo Alcmeónida,
que bajo un período de anarquía que siguió a
la caída de los tiranos Pisistrátidas tuvo que
enfrentarse con los demás génos (entre ellos
su principal rival, el jefe de clan, Iságoras) que
deseaban llenar el vacío de poder dejado por los tiranos.
Fue entonces que Clístenes solicita la alianza de quienes
hasta ese momento había tratado con desprecio: el demos,
es decir, los habitantes de la parte baja de la polis, cuyo
grueso formaban las clases "populares" integrados por artesanos,
comerciantes y campesinos. El orgulloso y noble Clístenes
termino fortaleciendo al demos para usarlo como fuerza de
contención frente a los clanes rivales hostiles a su
génos que pudieran opacarlo. Cuando Clístenes se
percato de las consecuencias de sus actos ya era demasiado tarde
tanto para él, como para todos los demás nobles,
sean aliados o rivales: había nacido la
democracia.

Cabe notar que para este entonces el término
democracia aún no había sido acuñado dentro
de la literatura
política (mucho menos en el hablar popular) de aquellos
tiempos, esta recién aparece con Pericles en su celebre
discurso en
las ceremonias fúnebres a los caídos en la Guerra del
Peloponeso, y es más, existen estudios que cuestionan
la imputación de tal discurso al célebre
estratega.

Pero la definición histórica del
término democracia implica un trabajo
exhaustivo que derrumbaría los mitos mas difundidos de la
contemporaneidad. Empecemos por ello. En nuestro país no
existen estudios sobre la historicidad de la democracia, todos
los doctos que han visto este tema solo han intentado estudiar
las instituciones vernaculares del país, para intentar
sacar de ellas lo mas parecido a sus románticas ideas de
democracia.

En nuestro país el termino democracia no aparece
en las normas constitucionales sino hasta el año de 1856,
la cual en su Art. 41º declara que "el Gobierno de la
República es democrático representativo, basado en
la unidad".

Pero ¿qué éramos antes? Un gobierno
"popular representativo". Pero ni el Estatuto, ni mucho menos el
Reglamento Provisional de 1821 hacen referencia a este tema. Son
las Bases de la Constitución Política de la
República Peruana de 1822 las que establece en su articulo
4º el "Gobierno popular representativo" del país,
ello es recogido en la Constitución de 1823 (articulo
47º); aún la propia Constitución bolivariana
no permanecerá ajena a esta concepción del Estado
(articulo 7º).

En la Carta de 1828 aparecerá esta
concepción, pero asimilada junto al carácter
unitario del país: "La Nación Peruana adopta para
su Gobierno la forma popular representativa consolidada en la
unidad."(art. 7º), la de 1834 seguiría los mismos
pasos. Esta concepción también fue "adoptada" por
la Confederación de Santa Cruz(1836) en las Constituciones
de los Estados nor-peruanos(art 1º) y sud-peruano(art
1º). A pesar de ls diferencias ideológicas y
caudillistas las similitudes en este respecto son más que
evidentes, pues la constitución conservadora de Gamarra
(1839) establecería "la forma de Gobierno Popular
Representativo" como "inalterable".

Es a partir de la Carta de 1856 como acabamos de decir
en antes, que el término "democracia" empieza a
"popularizarse" en los textos legislativos a raíz de su
inclusión constitucional. Después no aparece en el
mismo texto alguna
otra mención a la palabra democracia, lo mismo sucede con
la constitución de 1860, el cual hace una
separación entre ambos, así "el Gobierno del
Perú es republicano, democrático, representativo,
fundado en la unidad". La Carta de 1867 repetiría las
mismas palabras (articulo 43º) al igual que la
Constitución de 1920 (articulo 68º).

Pero la Constitución Política de 1933
(artículo 1º), aunque se referiría al
Perú como una "República democrática", le
incluía una vieja concepción bolivariana: "El Poder
del Estado emana del pueblo, y se ejerce por los funcionarios con
las limitaciones que la Constitución y las leyes
establecen". Sólo que Bolívar
fue mas cuidadoso al expresar en el articulo 8º de su
Constitución que: "La soberanía emana del pueblo, y
su ejercicio reside en los Poderes que establece esta
Constitución".

Sigamos, la Constitución de 1979 expresa en su
artículo 81º que el "poder emana del pueblo. Quienes
lo ejercen lo hacen en su representación y con las
limitaciones y responsabilidades señaladas por la
Constitución y la ley. Ninguna persona,
organización, Fuerza Armada o Fuerza Policial, o sector
del pueblo puede arrogarse su ejercicio. Hacerlo es
sedición.", mientras que su articulo 79º declara que
el "Perú en una República democrática y
social, independiente y soberana, basada en el trabajo. Su
gobierno es unitario, representativo y
descentralizado".

La Constitución del 93 establece un criterio
parecido, pues según su artículo 43° la
"República del Perú es democrática, social,
independiente y soberana." Mientras su "gobierno es unitario,
representativo y descentralizado, y se organiza según el
principio de la separación de poderes." En lo que respecta
a la fuente del poder, su articulo 45º dice que "el poder
del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las
limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las
leyes establecen…Ninguna persona, organización, Fuerza
Armada, Policía Nacional o sector de la población
puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye
rebelión o sedición."

¿Cómo interpretamos estos datos?. Debemos
hacerlo con fuentes históricas complementarias referentes
a la cosmovisión (llámese si se quiere
ideología) de esos tiempos. Muchas veces – por no
decir en casi todos los casos- sucede que al leer estos escritos
nos damos con la sorpresa de que se referían a distintos
significantes utilizando nuestras mismas palabras.

En efecto, desde inicios de la República hasta la
Constitución de 1839 corresponde a la época de la
Republica "patricia" donde este grupo social formaba la
élite gobernante, de aquel entonces. El Patricio era un
terrateniente perteneciente a una familia de origen
hispánico, su poder social se basaba en la servidumbre
indígena y la esclavitud negra. Muchos de ellos no
necesitaban ni ostentaban títulos de nobleza.

Todo esto era porque su legitimidad se encontraban en el
poder social que la propiedad les
daba al relacionarse esta con vínculos de carácter
personal. El
patricio no necesitaba mas legitimidad que el "gobierno popular
representativo" pues el pueblo era representado por el, y ello no
era discutido por sus clientelas sean siervas o
esclavas.

Es después con la "flexibilización" de los
"vínculos señoriales" que esta legitimidad
"natural" empieza a disolverse. La liberación de los
esclavos y la aparición de una economía abierta al
exterior con su consiguiente "aburguesamiento" obligan a volver
mas eficiente y modernas los vínculos entre propietario y
trabajador. El sistema de enganche y otros tipos de
contratación indirecta destruirán el vinculo
señorial.

De esta manera la legitimidad del patricio se
perderá volviéndose necesario buscar otros
fundamentos que aseguren el dominio político y social de
la privilegiada elite. La respuesta vendrá de Occidente:
democracia.

Para 1850 los lazos señoriales se encontraban muy
relajados, es aquí que la Constitución de 1856 se
decide por la democracia como una legitimadora
político-social, pero como sabemos, no paso más que
de una "formalidad". Una élite seguía detentando el
poder, los cargos públicos y los puestos claves de la
política y economía del Estado. Pero en esta Carta
aparece la "democracia representativa" como un sólo
elemento de nuestra Republica, mientras en las Constituciones
siguientes aparecen como elementos separados, pero
característicos de esta.

Es en la Constitución de 1933 donde los conceptos
democráticos van a experimentar un cambio algo
drástico. Políticamente por esta época opera
el ascenso de sectores nuevos de la burguesía,
específicamente la plutocracia, la cual después de
un co-gobierno turbulento conocido como la "republica
aristocrática" exige a la aristocracia una
participación exclusiva en el poder.

Impondrá su propia ideología en la Carta
de 1933, pero no podrá sustraerse al dominio de la
aristocracia, aun preponderante. Es por ello que intentara dar
sus primeros atisbos. La Carta de 1933 fue hecho por una
Constituyente elegida con arreglo a las normas del Estatuto
Electoral de 1931, donde se dieron participación a las
"minorías" que no eran otra cosa que los movimientos
"reformistas" unos y "revolucionarios" algunos que abogaban por
terminar con la aristocracia, siendo en esta parte coincidentes
con la plutocracia.

El Estatuto fue elaborado por estas "minorías" y
sus pasos se encontraban monitoreados por el Doctor Jorge Basadre
Grohmann quien a la vez de ser miembro de la Comisión
encargada de elaborar dicho Estatuto, era Director de la Biblioteca de la
UNMSM, cuyo local fue prestado a la referida Comisión y
sus libros
seleccionados por Basadre especialmente para la Comisión.
Cabe añadir que Basadre era miembro del clan Belaunde, el
cual se levanto en Arequipa junto con el pueblo en contra de la
aristocracia de los barones del azúcar,
al mismo tiempo que se encontraban (al menos en los 60s) ligados
a poderosos intereses de la plutocracia para la cual trabajan
hasta ahora (BASADRE :1978,135-154).

La declaración de "republica democrática"
fue una maniobra política de la plutocracia para utilizar
al pueblo como grupo de presión en
contra de sus rivales aristócratas, lo mismo sucede con el
principio que hace emanar el poder del pueblo, es una
concesión para ampliar el margen de acción
de los grupos anti aristocráticos.

Cuando la Constitución de 1933 deja un margen a
la acción de la ley, lo hace para ejercer mas
presión sobre los nuevos grupos emergentes que reclaman
participación en el poder, así como para cerrar
algunas formas de participación, es decir, amplia
discrecionalidad. Durante la dictadura de Bolívar, no
hacían aun su aparición los grupos emergentes,
todos se adaptaban a las normas del patriciado, es por ello que
su Carta de 1826, sólo pone como barrera del actuar
representativo a la propia Constitución.

Esta "burguesía emergente" no era otra que una
facción de los mismos oligarcas descendientes de
encomenderos que se acostumbraron a un modo de vida urbano en el
sur del país, a diferencia de sus rivales, los oligarcas
norteños del azúcar.

Uno de sus miembros principales, Fernando
Belaúnde, decidió recorrer la sierra del
país en busca del "Perú profundo" entonces
encontró la solución a sus problemas y los de su
familia, la cual había sido humillada en su propio terreno
al ser el honor de gamonal de su tío Victor Andres
Belaúnde Diez Canseco cuestionado políticamente al
no haber sido elegido diputado por la provincia de Castilla,
colocando en su lugar la "voluntad popular" al primo de su rival
José Pardo. La legislación electoral impulsada por
su primo Basadre serviría como instrumentos
político dirigido a ganar adeptos para su causa: "la
conquista del Perú por los peruanos".

¿Cuál fue la estrategia?
Desarrolló un mensaje andino, aduló los valores
tradicionales del campesinado, como base de la nueva sociedad
peruana, y lo más importante: prometió dar la ley
de reforma
agraria. Sólo faltaba crear un electorado en la zona,
el procedimiento general en esta época, consistía
en financiar la alfabetización de los residentes y
tramitarles su libreta electoral. No faltaba un potentado listo
para apoyar al candidato.

Pero a diferencias de los progresistas griegos,
Belaúnde, ese Clístenes criollo, hizo honor a su
carácter social, cumplió a medias su palabra,
promulgó la ley de reforma agraria aplicándolo
sólo a áreas restringidas del país Como
resultado las movilizaciones campesinas aumentaron, a 100
días de tomar el mando Belaúnde 370 comunidades
campesinas invadieron tierras de los hacendados. Entonces vino el
golpe militar de Velasco, quien se encargó de realizar las
reformas que su antecesor había dudado en
ejecutar.

A partir de 1976 la aristocracia terrateniente como
clase desaparecerá del mapa político y social,
será remplazada por la plutocracia, para entonces se
eliminaría las restricciones al voto de los analfabetos en
las elecciones para elegir a los constituyentes de 1978. La
democracia "poliárquica" había nacido.

Es por ello que la constitución de 1979 no
mencionará a las minorías parlamentarias, no
será necesario, aun la izquierda tendrá una
influencia notable: v.g. Letts Colmenares cuya familia era en esa
época accionista del Banco Wiese, eso
sin contar con otros "izquierdistas" que actualmente trabajan
para el gobierno neoliberal (como los García Sayán,
del mismo grupo de banqueros Wiese).

Pero no contento con eso terminarían
constitucionalmente con toda organización que trate de
irrogarse las funciones estatales calificado a ello de
"sedición". De esta manera tendrían un excelente
arma constitucional a ser usada para mantener su exclusividad
sobre el sistema representativo actual en el cual la plutocracia
tiene un gran peso.

La democracia actual necesita por ello legitimarse
invocando otras categorías como "Estado de derecho",
"separación de poderes", "derechos
humanos", etc. Colocándolos como "logros de la
democracia" cuando en verdad son nuevos formas de legitimación frente a una inminente ruptura
de esta misma legitimidad. Es por eso que le obliga a una masa de
gente pobre a "ejercer su derecho al voto" amenazándolo
con una multa y la perdida de sus derechos civiles, lo que
resulta mas económico que forzar a los ciudadanos uno por
uno para sufragar.

Hasta aquí con el origen de la democracia
peruana.

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